ASESORÍA NORMATIVA

ESTUDIOS TECNICOS

* Es. carga de combustible
* Estudio de sombras
* Estudio Vías de Evacuación
* Accesibilidad Universal

ESTUDIOS NORMATIVOS


* Informes DDU
* Articulos LGUC y OGUC
* Consultas y/o reclamaciones

ART.55° LGUC

* Informe Favorable para la construcción
* SEREMI
* SAG

OTROS ESTUDIOS

* Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC)
* Art.60° SEREMI
* Copropiedad Inmobiliaria


DIAGNÓSTICO


ESTRATEGIA


PLANIFICACIÓN


GESTIÓN

Mobirise

CUMPLIMIENTO NORMATIVO

La consolidación de espacios diseñados para el ser humano, se basará en diversos aspectos como, la creatividad, además de la estética, función y forma del propio espacio, y una parte fundamental es el cumplimiento de la normativa.

La normativa finalmente es la que hará posible la aprobación del proyecto , facilitará los criterios en la etapa de diseño, y evitará posibles errores, retrasos o correcciones en un futuro.

Es por esta normativa y lo que vivimos a diario , por la cual hay que estar dispuestos a estudiar cada apecto para responder de la mejor manera el escenario que se presenta.

Nuestra experiencia y estudios en temas urbanísticos nos permiten afrontar la normativa de manera eficaz para cada proyecto, buscando alternativas reales y solucionando problemas en circunstancias viculados a la actualidad y normativa vigente.

 MARCO LEGISLATIVO

LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN

ORDENANZA GRAL. DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN

DIRECCIÓN DESARROLO URBANO 

RECLAMACIONES

ARTICULOS 12,118 Y 144 LGUC


La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (SEREMI) podrá resolver las reclamaciones intrepuestas en contra de las resoluciones dictadas por los directores de obras. 

01

* Cualquier resolución dictada por el director de Obras

02

* Plazos de revisión por parte de la Dirección de Obras.

03

* Falta de pronunciamiento o rechazo  por parte de Dom.


ENTIDADES SUPERVISORAS

DIRECCIÓN DE OBRAS

La DOM es la unidad asesora y operativa en materias relativas al Plan Regulador Comunal, permisos de edificación, a tareas de inspección, ejecución de proyectos de inversión regional del municipio y prevención del deterioro ambiental. Es también una unidad resolutiva, en materias que la LGUC y la OGUC entreguen exclusivamente a su competencia y decisión. Sus competencias y atribuciones se encuentran establecidas esencialmente en: Art. 24 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. En LGUC y OGUC.

SEREMI

Las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo son las entidades que representan al Ministerio de Vivienda y urbanismo en las regiones y, en esta medida, son las principales autoridades regionales en temas de vivienda, urbanismo y equipamiento.
Sus facultades son: supervigilar las disposiciones legales reglamentarias , administrativas y técnicas sobre construcción y urbanización; interpretar los instrumentos de planificación territorial prevista en el art.4 de la LGUC; resolver las reclamaciones a que se refieren los art.12,118 y 144 de la LGUC.

CONTRALORÍA


Órgano superior de fiscalización de la Administración de Estado, dotado de autonomía constitucional, para ejercer el control de legalidad de los actos de la administración, fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, municipalidades y demás servicios que determinen las leyes.
Su función es la emisión de dictámenes sobre los asuntos que se relacionen con el funcionamiento de los servicios públicos sometidos a su fiscalización.

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